27 de junio de 2026

Conaprev presentó informe sobre monitoreo en el marco de la vigencia del PCM 29-2022

Actualidad
20 de enero de 2023

Dieron a conocer los principales hallazgos identificadas en las visitas realizadas sin previo aviso a las UMEP, DIPAMPCO y celdas de los Juzgados de Letras de lo Penal del Distrito Central

Tegucigalpa. En conferencia de prensa realizada esta semana el Comité Nacional de Prevención Contra la Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes (CONAPREV), presentó informe temático de monitoreo en el marco de la vigencia del PCM 29-2022 en los municipios del Distrito Central y el de San Pedro Sula.

La abogada Melissa Escoto y Sandra Rodríguez, representates de CONOPREV dieron a conocer los principales hallazgos encontrados en las 37 visitas realizadas sin previo aviso a las Unidades Metropolitanas de Prevención UMEP, a las oficinas de DIPAMPCO y celdas de los Juzgados de Letras de lo Penal del Distrito Central, de las 29 que se realizaron en el Distrito Central y ocho en San Pedro Sula.

Se informó que estas visitas fueron realizadas por las comisionadas y el Equipo del Mecanismo, en cumplimiento del mandato del MP que es el de examinar periódicamente los lugares de detección de las personas privadas de libertad contra actos de tortura, tratos crueles inhumanos o degradantes y emitir recomendaciones, propuestas u observaciones a las autoridades nacionales competentes.

Las representantes de CONAPREV aseguraron que preocupa al mecanismo; la no implementación de las salvaguardas en las primeras horas de detención con el fin de garantizar la legalidad de las detenciones y o retenciones, entre las que se deben destacar el ser informado de los motivos de su detención, del acceso de comunicar su detención a través de una llamada telefónica, evaluación médica y a que se le designe o nombre un abogado defensor, ello con el propósito de prevenir la tortura y los malos tratos.

Las condiciones de infraestructura de las UMEP que evidencían el no cumplimiento de los estándares minimos internacionales que deben reunir las celdas, lo que conlleba a no garantizar el trato digno y humano de las personas detenidas o retenidas en estos separos policiales.

Que a la fecha no se han capacitado en su totalidad los Agentes Policiales respecto a la implementación de los Derechos de Estado de Excepción, tampoco se les ha dotado de los recursos de los Decretos de Estado de Excepción, tampoco se les ha dotado de los recursos logísticos que aseguren la efectividad de su labor y aseguramiento del cumplimiento de los salvaguardas en las primeras horas de detención.

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Nubia Osorto

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